Entrando en materia de divorcios, no sólo es necesario saber cómo es todo el proceso de separación, sino también lo que esto implica, especialmente si se trata de parejas con hijos. En este texto les explicaré un poco sobre cómo es el convenio regulador vacaciones de verano de hijos menores de padres separados.

Convenio regulador vacaciones de verano

En el proceso de separación se realiza un convenio regulador entre ambas partes en el que se explica claramente el reparto del período de vacaciones. A pesar de que las leyes hablen de determinaciones generales, es importante que cada pareja con hijos menores lea de forma calmada y detallada todo el convenio, ya que estos varían entre características.

Período de vacaciones en verano

Se entiende como período de vacaciones en verano, como aquel tiempo en el que no hay clases. Este período no lectivo va desde el final del curso en junio hasta el inicio de uno nuevo en septiembre. De igual manera, cada centro escolar determina el día exacto de culminación e inicio de clases. Cuando no es así, la guía es en el calendario escolar local o de la Comunidad Autónoma.

¿Cómo se reparten las parejas divorciadas a sus hijos menores en las vacaciones de verano?

Dentro del convenio regulador o sentencia de divorcio, encontrarás lo acordado durante el proceso, sin embargo el reparto se puede realizar de las siguientes maneras:

Semanal

Usado en las custodias compartidas en las que se distribuye el año por semanas. De ser así, durante el período vacacional del niño o los niños, no existe variación alguna. Lo padres deben tomar en cuenta la semana que les corresponde para pedir permisos laborales, de esta forma podrán estar disponible 100% para el niño.

Recordemos que se trata de un período en que los hijos no tienen actividades para realizar, por lo tanto disponen de bastante tiempo libre.

Quincenal

La estructura de este período se divide en 4 bloques de quince días en los meses de julio y agosto. Desde el inicio del período vacacional se establece a cuál padre le corresponde el primer bloque. Luego la idea es ir alternándose de forma sucesiva hasta que acaben las vacaciones de verano.

Como mayormente el período escolar finaliza antes de culminar junio e inicia a mediados de septiembre, esos días diferenciales se reparten, sea por semanas o, por días sumatorios al padre que le corresponda.

Mensual

Es el reparto por el que más comúnmente optan los padres. Se trata de que a un padre le corresponda el mes de julio y al otro el mes de agosto. Aquí se toma en cuenta también los días existentes en junio y septiembre, y se reparten sumándole: los de junio al padre que le corresponde julio y, los de septiembre al que le corresponda agosto.

Mejor opción para el reparto de vacaciones de verano

No existe una fórmula mágica que indique cuál es la mejor opción del reparto en vacaciones de verano. Lo mejor será adaptarse a los hijos, en función de su edad, disponibilidad de horario, actividades y pues también en sus necesidades.

Lo importante es que se sientan a gusto con las decisiones tomadas y que no sufran consecuencias negativas. Los padres deben tratar en la medida de lo posible de que, sus vacaciones, coincidan con el período de tiempo que les corresponde disfrutar de sus hijos.

Se entiende lo complicado de gestionar que ambos tiempos estén libres pero con conversaciones y acuerdos previos se puede solucionar.

Plazo de aviso según convenio regulador de vacaciones de verano

Lo que genera más problemática entre los padres es cuando el convenio regulador establece cláusulas de elección de períodos de vacaciones. Mayormente lo que se realiza es que en los años pares cada padre elegirá el periodo de vacaciones que desea disfrutar y se lo informará a la otra parte con un mes de antelación, es por eso que las discusiones y la búsqueda de un acuerdo terminan en estrés y enemistades.

 Por lo mismo se recomienda elecciones como por ejemplo: que en los años pares el padre comienza con el disfrute de la primera mitad del período de vacaciones, por ende la mamá iniciaría con el segundo. En el caso de años impares sería a la inversa.

La idea es que desde un principio ambas partes conozcan su período de disfrute correspondiente, agilizando la solicitud de permiso laboral, y asimilando las decisiones tomadas.

Suspensión del régimen de visitas durante el período vacacional

Habitualmente los convenios reguladores o las sentencias de divorcio estipulan que: durante este período de vacaciones se suspende el régimen de visitas de fin de semana e intersemanal, por lo que no deben cumplirse dichas visitas por disfrutar de un período continuo con los hijos.

Sin embargo, cuando culmina el reparto correspondiente a cada padre, el convenio regulador vacaciones de verano establece que:

«Le corresponde el primer fin de semana a aquel padre que no haya disfrutado con el niño durante el último período vacacional«.

De igual forma dependerá de lo que cada convenio o sentencia indique. Por eso antes de decidir hay que leerlo detenidamente para informarse sobre la regulación concreta.

También puede ocurrir el caso en el que el convenio indique que no se suspenderá el régimen y debas cumplir las visitas así se trata del período vacacional.

¿Cómo se puede incumplir el convenio regulador vacaciones de verano?

Durante este período cada padre puede incumplir el convenio regulador vacaciones de verano de las siguientes formas:

  1. Incumpliendo el disfrute de las vacaciones: Cuando el padre o madre no puede disponer del tiempo en el que le corresponde disfrutar de su hijo, sea por ocupaciones laborales, u otras diligencias. Mayormente es lo que más crea disputa entre los divorciados, por tratarse de que la contra parte debe asumir la irresponsabilidad de la otra persona.
  2. Incumpliendo el régimen de llamadas telefónicas: Aunque la dificultad de comunicación telefónica aumente, cada padre debe cumplir con el régimen de visitas llamadas telefónicas. Ese régimen también busca evitar interrupciones constantes durante el tiempo de ocio que comparten los niños menores con su otro padre. El convenio regulador vacaciones de verano estipula el rango de tiempo de cada llamada, así como el horario fijo para el contacto.
  3. Incumpliendo el  plazo de aviso de período vacacional: Cuando no se informa con el mes de antelación, el período de las vacaciones de verano que ha elegido.

¿Qué hacer en caso de incumplimiento del convenio regulador vacaciones de verano?

Lo que se debe hacer en caso de incumplimiento del convenio regulador vacaciones de verano, es plantear la ejecución de la sentencia ante el juzgado de familia. De igual forma, hay que tomar en cuenta que el mes de agosto es inhábil judicialmente, por lo que si el incumplimiento ocurra exactamente ese mes, la parte no recibirá respuesta hasta que se reanuden las actividades judiciales en septiembre.

Tampoco la comisaría es una opción desde que se despenalizó estos tipos incumplimientos en el 2015. La mejor opción vendría siendo una ejecución civil con el fin de que el juez le imponga multas al padre que ha incumplido sus responsabilidades y obligaciones.

Si la acción irresponsable sigue ocurriendo, se puede conseguir modificaciones de las medidas existentes, como eliminar las visitas y eliminar la patria potestad si se trata de incumplimientos graves.

Recuerda que no cumplir con el convenio regulador vacaciones de verano es considerado también como desobediencia, por lo que el juez fácilmente puede acreditar las penas que le corresponde a mencionado delito.